lunes, 28 de septiembre de 2026

TEPJF considera inconstitucional reducir regidores en Puebla

El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) declaró inconstitucional la reforma por la que se reduce a 15 los regidores del Ayuntamiento de Puebla.

 

Así se estableció en sesión, tras la resolución del expediente SUP-OP-18/2026, derivada se la acción de inconstitucionalidad que presentó el Partido Acción Nacional (PAN) en Puebla.

 

Los magistrados resolvieron que la reducción del número de regidores en Puebla capital -que pasarán de 23 a 15 espacios- altera la deliberación democrática y la representación efectiva de grupos minoritarios, además de que elimina el contrapeso de la oposición en el Cabildo.

 

Por ello, la Sala Superior del TEPJF concluyó que la modificación a la Ley Orgánica Municipal y al Código de Instituciones y Procesos electorales no supera la prueba de razonabilidad y, por lo tanto, es inconstitucional.

 

 

La iniciativa que fue declarada inconstitucional por la Sala Superior del TEPJF establecía que el máximo de regidores en los ayuntamientos sería de quince, reduciendo así el número en la capital poblana de 23 a quince integrantes del cabildo.

 

Las nuevas reglas dividirían el cabildo en:

  • Puebla capital: 1 presidencia municipal, 1 sindicatura, 11 regidores de mayoría y hasta 4 de representación proporcional.

 

  • Municipios con más de 90 mil habitantes: 1 presidencia, 1 sindicatura, 8 regidores de mayoría y hasta 4 de representación proporcional.

 

  • Municipios entre 60 mil y 90 mil habitantes: 1 presidencia, 1 sindicatura, 8 regidores de mayoría y hasta 3 de representación proporcional.

 

  • Municipios con menos de 60 mil habitantes: 1 presidencia, 1 sindicatura, 6 regidores de mayoría y hasta 2 de representación proporcional.

Reportero

Equipo de redacción Nexa Noticias.